Al fallecer, se inscribe la defunción en el Registro Civil correspondiente al lugar donde tuvo lugar, y pedir el certificado de defunción es el primer paso que se debe llevar a cabo.
El testamento formalizado ante Notario se hace constar en el certificado de últimas voluntades. El último es el válido a todos los efectos. Con el certificado de defunción y el de últimas voluntades, se puede solicitar el testamento en el Notario que lo autorizó.
Nos encargamos de recopilar toda esta información para Vd. y de iniciar los procesos oportunos.
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