Para que un heredero se adjudique un bien, ha de acudir con el resto de herederos y aceptar todos juntos la herencia ante Notario. Cuando uno o varios de los herederos no está conforme con los bienes a incluir en la herencia, la forma de repartirlos o si incluso se desea prescindir de ella, se ha de acudir al Juez para que le o les exija aceptarla. En Catalunya, si no se acepta expresamente se entiende que renuncia a la herencia, a diferencia del resto de España.
Tanto si Vd quiere aceptar una herencia y alguno de los herederos no está de acuerdo, como si ha sido objeto de una demanda exigiéndole que acepte o renuncie la herencia, podemos ayudarle en todo el proceso.
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